El CAC exige el fin inmediato de la campaña del Govern por incumplir la normativa sobre publicidad institucional.
Judith Victoria Cherquis
El Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) ha solicitado a los medios de comunicación que dejen de emitir de forma inmediata la campaña institucional del Govern sobre el Plan Cataluña Lidera (Pla Catalunya Lidera). Esta decisión se basa en que el contenido promociona acciones futuras del Ejecutivo catalán, algo que contradice la normativa vigente sobre publicidad institucional, que solo permite informar sobre servicios públicos en funcionamiento.
El CAC subraya que el Plan Cataluña Lidera es una compilación de medidas que el Govern tiene previsto aplicar, pero que aún no están activas. Por ello, considera que el contenido no constituye una información clara ni accesible sobre servicios públicos concretos y vigentes, tal como exige la ley.
Medios implicados en la emisión
El acuerdo afecta a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) y a Radiocat XXI (RAC1). Ambos medios difundieron la campaña en TV3 el 10 de julio, en Catalunya Ràdio el 17 de julio y en RAC1 el 18 de julio. El CAC hace extensiva esta medida a cualquier otro medio que esté emitiendo actualmente la campaña.
Resumen del contenido del Pla Catalunya Lidera
El Plan Cataluña Lidera es una propuesta del Govern de la Generalitat que presenta 200 medidas diseñadas para impulsar el liderazgo económico y social de Cataluña. La campaña institucional “Liderar” promueve este plan mediante mensajes aspiracionales centrados en la colectividad y el progreso. Incluye frases como “una Cataluña más fuerte” o “futuro para todos”.
Según el informe del CAC, se trata de una acción de gobierno con un enfoque promocional. No ofrece información concreta sobre servicios públicos disponibles, por lo que vulnera los requisitos de la publicidad institucional establecidos en la Ley de Comunicación Audiovisual de Cataluña.
Aunque no se identifican vínculos con partidos políticos ni con propaganda electoral, el CAC considera que la campaña no cumple con los límites legales.
El CAC considera que la campaña infringe el artículo 109.2.a de la Ley 22/2005 de Comunicación Audiovisual de Catalunya. Este artículo limita la publicidad institucional a la difusión de servicios públicos reales y existentes, excluyendo expresamente los contenidos de carácter promocional o anticipatorio.
Responsabilidad de los prestadores
Según la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) de 2022, los prestadores no incurren en responsabilidad administrativa si emiten contenido elaborado por terceros, aunque esté fuera de la legalidad. Sin embargo, deben cesar su emisión cuando así lo requiera la autoridad audiovisual.
El acuerdo también incluye su publicación en la web del CAC para garantizar que todos los medios que estén emitiendo la campaña sean informados y tomen las medidas necesarias para cumplir con la normativa.