Entró en vigor la Ley de Paridad. El espíritu de esta ley es asegurar la representación equilibrada de mujeres y hombres en órganos de decisión en el sector público y privado. Sin embargo, un error técnico en su redacción podría dejar desprotegidos a ciertos trabajadores que se acogen a nuevos permisos para el cuidado de familiares
RBK
La Ley de Paridad, oficialmente conocida como la Ley Orgánica de Representación Paritaria y Presencia Equilibrada de Mujeres y Hombres, acaba de entrar en vigor. Esto marca un hito en la lucha por la igualdad de género en España. Esta ley, aprobada el pasado junio busca garantizar una representación efectiva e igualitaria de mujeres y hombres en los órganos de decisión, tanto en la Administración General del Estado como en las grandes empresas.
Concretamente, la ley establece que al menos el 40% de los puestos de dirección en estas entidades deberán estar ocupados por mujeres, permitiendo además que la representación femenina supere el 60% y llegue incluso al 100%. Esta medida es vista como un paso crucial hacia la equidad en la vida económica y política del país.
Sin embargo, la situación actual muestra que el cumplimiento de estos objetivos sigue siendo desigual. Actualmente, el 65% de las empresas cotizadas en España no cuentan con consejos de administración paritarios. Es decir, no tienen al menos un 40% de mujeres en su principal órgano de gobierno corporativo, según el objetivo fijado por la Unión Europea y recogido también en esta ley. A pesar de ello, la presencia de mujeres en estos consejos ha aumentado en 2,08 puntos porcentuales en el último año, alcanzando el 34,49% de los asientos. Las compañías del IBEX 35 se acercan más al objetivo, con un 39,82% de representación femenina en 2023, 2,35 puntos más que en 2022.
Aplicación gradual
La aplicación de esta ley será gradual. Las compañías del Ibex deberán cumplir con los requisitos antes del 30 de junio de 2025. Las demás empresas cotizadas tendrán como fecha límite 2026, mientras que los sindicatos y las asociaciones empresariales contarán con un plazo hasta 2028.
También se han establecido plazos específicos para los colegios profesionales y las entidades de interés público, que deberán alcanzar el porcentaje del 40% de representación del sexo menos representado en sus órganos de dirección para 2029.
Además, la ley introduce factores correctores para beneficiar a las investigadoras que pudieran verse penalizadas por interrupciones en su actividad profesional. Esto podría ser debido a circunstancias personales, como el embarazo o el cuidado de hijos. Asimismo, se exige una composición paritaria en las candidaturas electorales, con un mínimo del 40% y un máximo del 60% de representación de un mismo sexo, aunque con excepciones para municipios pequeños.
Error técnico en la redacción de la Ley
No obstante, la Ley de Paridad no ha estado exenta de controversias. Un “error técnico” en su redacción podría dejar sin protección a los trabajadores que soliciten acogerse a los nuevos permisos de cinco días para el cuidado de familiares, o que pidan una adaptación de jornada para conciliar su vida laboral con la familiar.
Este fallo se encuentra en la disposición final novena de la ley, donde se modificó el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores. Al incluir a las víctimas de violencia sexual como un caso que invalida el despido, se omitió involuntariamente a aquellos que utilizan los nuevos permisos por cuidado familiar.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, reconoció este error y aseguró que se corregirá en cuanto el calendario legislativo lo permita. “Es un problema técnico lamentable que no responde a la voluntad política”, declaró la ministra, quien añadió que la corrección se hará en las primeras acciones parlamentarias disponibles.
Mientras se soluciona este inconveniente, el enfoque principal sigue siendo el impacto positivo que la Ley de Paridad tendrá en la igualdad de género en todos los ámbitos de la vida pública y privada.