La CNMC multa a RTVE por publicidad encubierta en MasterChef

julio 30, 2026
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Escenas donde se promocionan productos de 'MasterChef'
Escenas donde se promocionan productos de 'MasterChef'

La CNMC sanciona a RTVE por emitir publicidad de vino y promociones comerciales en MasterChef sin identificar y fuera del horario permitido.

JVC

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo con potestad sancionadora sobre la actividad audiovisual en España, ha impuesto una multa de 307.300,80 € a RTVE por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

La resolución, aprobada por la Sala de Supervisión Regulatoria a principios de julio y difundida este lunes, considera acreditadas dos infracciones cometidas durante la emisión matinal de los programas MasterChef y MasterChef Celebrity. Según la CNMC, RTVE emitió publicidad de bebidas alcohólicas fuera del horario autorizado y realizó comunicaciones comerciales sin identificarlas de forma expresa como publicidad.

El importe inicial de las sanciones ascendía a 512.168 €. Sin embargo, la corporación abonó la multa tras reconocer su responsabilidad y acogerse a las reducciones previstas por la normativa. Esto rebajó la cuantía final hasta los 307.300,80 €.

Las emisiones investigadas

Los hechos corresponden a dos programas emitidos en La 1 de Televisión Española los días 5 de mayo y 10 de noviembre de 2024, ambos en horario de mañana. Tras analizar las emisiones, la CNMC abrió un expediente sancionador en septiembre de 2025. Detectó posibles vulneraciones de los artículos 123 y 136 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.

RTVE defendió el contexto gastronómico

Durante el procedimiento, RTVE alegó que las emisiones investigadas no correspondían a la franja habitual del programa, ya que MasterChef y MasterChef Celebrity se producen para su emisión en horario nocturno.

La corporación también sostuvo que las referencias al vino MasterChef se realizaban dentro de un contexto gastronómico. Además, argumentó que el mensaje de consumo moderado estaba implícito en la forma de presentar el producto. Los espectadores identificaban estas menciones como acciones promocionales, debido a la presencia habitual de productos vinculados a la marca, como libros de cocina, el restaurante, el videojuego o los vinos oficiales.

La CNMC detalla las promociones emitidas

El acta de visionado correspondiente al programa del 5 de mayo recoge varias intervenciones de los presentadores.

Durante la emisión, Samantha Vallejo-Nágera propuso realizar un brindis con un «Rioja Crianza, vino MasterChef». Más tarde, Pepe Rodríguez promocionó la «biblia saludable de MasterChef». Posteriormente, Jordi Cruz animó a los espectadores a conocer «el videojuego oficial de MasterChef».

En la emisión del 10 de noviembre, la CNMC destaca una conversación entre Jordi Cruz y el cantante Pitingo. Durante ese momento, el chef afirmó que los percebes de MasterChef debían acompañarse con «un vino de MasterChef, un verdejito rico». Además, más adelante, Samantha Vallejo-Nágera volvió a invitar a realizar un brindis con el vino blanco de la marca.

La ley limita este tipo de publicidad

La resolución recuerda que el artículo 123 de la Ley General de Comunicación Audiovisual prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas sin un mensaje de consumo moderado y de bajo riesgo. Además, la promoción de bebidas con una graduación igual o inferior a 20° solo puede emitirse entre las 20.30 y las 5.00 horas. Solo se permiten excepciones previstas por la ley.

Por otra parte, el artículo 136 obliga a identificar de forma clara cualquier comunicación comercial que pueda inducir a confusión. En esos casos, la emisión debe incorporar de forma permanente y legible la indicación «publicidad».

Reconocimiento de responsabilidad y reducción de la multa

La Sala de Supervisión Regulatoria concluye que RTVE vulneró ambos artículos de la Ley General de Comunicación Audiovisual. La resolución también señala que la corporación reconoció expresamente su responsabilidad durante el procedimiento.

Las dos sanciones ascendían inicialmente a 243.334 € por la infracción del artículo 123 y a 268.834 € por la vulneración del artículo 136, hasta sumar 512.168 €.

El reconocimiento de la responsabilidad permitió aplicar una reducción del 20%. Además, RTVE obtuvo otro descuento del 20% por efectuar el pago voluntario, lo que situó la cuantía definitiva de la multa en 307.300,80 €.

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