Modificación en las políticas de indemnización por despido improcedente

agosto 12, 2024
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Diego Delgado

La demanda de la UGT que denunciaba que el modelo que se aplica en España para fijar la indemnización por despido improcedente no se ajustaba a lo que manda la Carta Social Europea, ha sido atendida y aceptada por Derechos Sociales de Europa

El Comité Europeo de Derechos Sociales ha dictaminado que la actual indemnización por despido improcedente en España no cumple con los estándares de la Carta Social Europea. La ley española dictamina una compensación de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades, la cual pretende ser disuasoria para las empresas ni restaurativa para los trabajadores. Sin embargo, el organismo europeo ha resuelto que no cumple la intención perseguida ya que no repara de manera suficiente el daño causado por el despido.

La resolución del Comité, atendida a la demanda del sindicato UGT, critica especialmente el límite de 24 mensualidades. Y es que según ellos este mecanismo impide a los jueces imponer indemnizaciones más elevadas cuando la situación lo requiere. Según la comisión, este sistema no disuade a las empresas de despedir injustificadamente a sus empleados y no compensa de manera suficiente a los trabajadores afectados.

Inclusión en la reforma laboral

Ante este fallo, el Ministerio de Trabajo, dirigido por la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, deberá incluir este tema en la próxima reforma laboral. Desde el Ejecutivo, pretenden aplicar un nuevo método de cálculo de indemnizaciones que evalúe el daño real sufrido por el trabajador. Para ello, se tendrán en cuenta factores como la edad, la formación y los años de servicio en la empresa.

Además, se reforzará la causalidad en los despidos. Es decir, se asegurará de que estos estén justificados y que no se utilicen de manera arbitraria o como primera opción. Así, con estas reformas, el Gobierno pretende garantizar que el nuevo modelo cumpla con las exigencias de la Carta Social Europea.

 

 

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