ACIJUR recuerda la jurisprudencia sobre el derecho de las cámaras de televisión y fotografía en los tribunales

julio 15, 2024
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ACIJUR

La Asociación de Informadores y Comunicadores Jurídicos, ACIJUR destaca que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, las cámaras de televisión y fotografía tienen derecho a estar presentes en las vistas orales, pero se prohíbe su presencia en los pasillos de los órganos judiciales.

La ACIJUR rememora la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (sentencias 56/2004 y 159/2015) y del Tribunal Supremo (sentencia de Pleno 173/2015), que reconoce el derecho de las cámaras de televisión y fotografía a estar presentes en las vistas orales. Sin embargo, prohíbe su presencia en los pasillos de los órganos judiciales, ya que no se consideran una fuente de información.

Estas sentencias establecen como único límite la filmación en los pasillos de los edificios judiciales, restricción que no vulnera el derecho a la libertad de información, y protege el derecho a la intimidad, el honor y la imagen de las personas que acuden a actuaciones judiciales, así como la presunción de inocencia.

ACIJUR subraya la importancia de una prensa libre y fuerte para garantizar un proceso justo y actuar como un control contra los excesos en la aplicación de las leyes y posibles abusos judiciales. El periodismo judicial en un estado democrático difunde el funcionamiento de la Administración de justicia y sus decisiones. No obstante, una mala praxis informativa puede propagar la imagen de investigados y testigos, llevando al estigma de culpabilidad anticipada, conocida como la “pena del banquillo”.

Por ello, ACIJUR condena la actuación del pasado 5 de julio en el Juzgado de Instrucción nº 41, donde individuos, acreditados como miembros de las acusaciones u otros colectivos no periodísticos, captaron imágenes en los pasillos de los tribunales de forma subrepticia, violando los acuerdos entre periodistas que cubrían la información judicial y el decreto del Decanato de los Juzgados de Madrid para garantizar la seguridad y el derecho a la información.

ACIJUR también señala que la emisión de estas imágenes, obtenidas de forma ilegal y sin aportar información relevante, contraviene el Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), que exige evitar las consecuencias dañosas derivadas del cumplimiento de los deberes informativos, especialmente en temas judiciales.

Finalmente, ACIJUR considera que estas prácticas atentan contra el ejercicio de un periodismo independiente y responsable, y exige a las autoridades judiciales el cumplimiento de sus obligaciones de control para hacer cumplir sus propias normas.

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